¿CUÁLES SON LAS EXCEPCIONES PARA QUE NO SE GENEREN INTERESES DE MORA POR EL PAGO OPORTUNO DEL PAGO? En Venezuela, todas las obligaciones tributarias que no se paguen antes de su vencimiento generarán intereses moratorios a favor del Estado. Sin embargo, existen algunas excepciones en las que no se generarán intereses de mora por el pago oportuno de las obligaciones tributarias, como las siguientes, contenidas en el Código Orgánico Tributario. Pago dentro del plazo de 30 días: Si el pago se realiza dentro del plazo de 30 días establecido por la ley, no se generan intereses moratorios. En caso de fuerza mayor o caso fortuito: Si el retraso en el pago se debe a causales de fuerza mayor o caso fortuito, no se considera mora y no se aplican intereses moratorios. Cálculo de intereses moratorios en moneda extranjera: En caso de deudas en moneda extranjera, se debe aplicar el interés de la moneda extranjera y no el interés legal venezolano. Esto se establece en la normativa int...
https://youtu.be/FYC9458fpTI Estructura tributaria obligatoria A) LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA . La estructura tributaria obligatoria en Venezuela se basa en la relación jurídica que se establece entre el Estado, como sujeto activo, y el contribuyente o responsable, como sujeto pasivo, al ocurrir el hecho imponible previsto en la ley. Esta relación jurídica es obligatoria y de derecho público. NATURALEZA JURÍDICA DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA NATURALEZA DEL DERECHO PÚBLICO: - Se basa en el poder tributario del Estado , que se deriva de su soberanía y le permite crear, modificar o suprimir impuestos unilateralmente. - El Estado, a través de la Administración Tributaria, tiene la facultad de exigir coercitivamente el cumplimiento de la obligación tributaria , incluso mediante el uso...
https://youtu.be/xvb7fZiKREg LOS MEDIOS DE EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA. A) ¿Cuáles son las excepciones para que no se generen intereses de mora por el pago oportuno del pago? El pago oportuno evita la generación de intereses de mora y las posibles sanciones por incumplimiento, promoviendo la eficiencia en la gestión tributaria y la seguridad jurídica para el contribuyente, la mora surge cuando el contribuyente incumple con su obligación de pago en el tiempo establecido por la ley, este pago puede ser realizado por el sujeto pasivo o por un tercero, que se subrogará en los derechos del sujeto activo. así mismo tenemos - La prescripción tributaria que es un derecho del contribuyente que extingue la deuda tributaria por la inactividad de la administración ...
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